Por Eugenio Amézquita Velasco
-Se entregará compensación a las víctimas indirectas
Las recomendaciones, que tienen 5 días hábiles para ser respondidas de aceptadas o no señalan:
PRIMERO. Se otorgue una compensación a las víctimas indirectas, de conformidad con lo
señalado en la presente resolución.
SEGUNDO. Se emita una disculpa pública dirigida en general al gremio periodístico, de
acuerdo con lo señalado en la presente resolución.
TERCERO. Se instruya a quien legalmente corresponda para que se inicie una investigación por la autoridad competente, de acuerdo con lo señalado en la presente resolución.
CUARTO. Se instruya a quien corresponda, que se entregue un tanto de esta resolución a la
autoridad responsable y se integre una copia a su expediente personal, de acuerdo con lo
señalado en la presente resolución.
QUINTO. Se instruya a quien corresponda para que se imparta una capacitación al personal
de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Celaya, Guanajuato, y se remita una copia de
esta resolución al área responsable la formación, capacitación y profesionalización del personal operativo; de acuerdo con lo señalado en la presente resolución.
SEXTO. Se instruya a quien corresponda, realizar las gestiones necesarias para instrumentar e implementar un protocolo de actuación de las autoridades municipales de Celaya, Guanajuato; de acuerdo con lo señalado en la presente resolución.
La autoridad a quien se dirige la presente resolución de recomendación, deberá informar a
esta PRODHEG si la acepta en un término de cinco días hábiles siguientes a su notificación, y en su caso, dentro de los siguientes quince días naturales, aporte las pruebas de su debido y total cumplimiento
El documento en cuestión señala, en el punto relacionado a las responsabilidades, que "conforme a lo expuesto en la presente resolución, el Secretario de Seguridad Ciudadana de Celaya, Guanajuato", en ese entonces, Jesús Ignacio Ribera Peralta, al parecer actual Comisario de la Policía de Caminos en el estado de Guanajuato, quien "omitió salvaguardar el derecho humano de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos" del periodista asesinado.
Continúa en su aspecto quinto, relacionado alas responsabilidades, que ""es importante reiterar que el presente expediente fue iniciado oficiosamente por tratarse de hechos que implicaron la violación grave a derechos humanos de periodistas; posteriormente, se localizó a VM-01 y VM-03 (personas familiares del periodista XXXXX) quienes señalaron de forma expresa que no tenían interés en ratificar la queja iniciada oficiosamente por esta PRODHEG, por lo que ante dicha manifestación de voluntad, en la presente resolución no se les da el carácter de víctimas; ello sin menoscabo de que al momento de dictarse esta resolución o posteriormente, derivado de la carpeta de investigación tramitada en la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, se les reconozca dicho carácter".
"Asimismo, de la inspección realizada a la carpeta de investigación tramitada por la FGE, se desprenden indicios de que VM-02, VM-04, NN-05 y NN-06 son descendientes directos del periodista XXXXX. Por lo tanto, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 párrafos primero, segundo y cuarto, y 109 fracción IV de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato, se reconoce el carácter de víctima directa a XXXXX y de víctimas indirectas a VM-02, VM-04, NN-05, NN-06 y NN-07 (descendientes directos), así como XXXXX (pareja sentimental); cabe resaltar respecto del reconocimiento como víctimas indirectas de NN-05, NN-06 y NN-07 (personas menores de edad), que esta PRODHEG tomó en cuenta los artículos 1, 3 y 20.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que reconocen el derecho de niñas, niños y adolescentes, a que las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, autoridades administrativas o los órganos legislativos, consideren en forma primordial la atención al interés superior de niñas, niños y adolescentes".
El documento finaliza precisando que "así lo resolvió y firmó el maestro Eliseo Hernández Campos, encargado de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.".
De todo lo anterior, se desprende que fue un error que las autoridades de Seguridad Ciudadana transportaran al compañero periodista en una unidad de Tránsito Municipal, hecho que puso en el riesgo fatal que costó la vida a nuestro compañero de gremio. #MetroNewsMx