Eugenio Amézquita Velasco
Tras el despido de la directora de Movilidad y Transporte Público de Celaya, Arq. Elizabeth Arroyo Salazar, realizó una serie de declaraciones que fueron recogidas por el medio digital Reporte Bajío (https://reportebajio.com/directora-de-movilidad-no-entendio-la-4t-y-ahora-podrian-desintegrar-la-dependencia ) donde prácticamente está anunciando la desintegración o desaparición de esta dependencia.
Llama la atención el párrafo final de la nota, donde señala que "el Presidente Municipal, Ramírez Sánchez, expuso entonces que, Daniel Nieto Martínez, secretario del Ayuntamiento, se quedará a cargo de las funciones de la Dirección de Movilidad, y no se tiene apueación" -apuración- "por revisar perfiles, porque dentro de la dinámica de la administración municipal, está desintegrar la Dirección de Movilidad, la cual, no se tiene entendido del porqué fue creada."
Son las últimas 25 palabras de este párrafo citado, las que llaman la atención: "porque dentro de la dinámica de la administración municipal, está desintegrar la Dirección de Movilidad, la cual, no se tiene entendido del por qué fue creada".
Esta declaración del alcalde, que puede ser considerada como desafortunada, implica el reconocimiento al desconocimiento que existe del Reglamento de Movilidad y Transporte de Personas en Ruta Fija del Municipio de Celaya, aprobado por el H. Ayuntamiento de Celaya el 16 de julio de 2021 y publicado por el Periódico Oficial del Gobierno del estado de Guanajuato el 30 de julio de 2021; posteriormente fueron reformados y adicionados algunos elementos en artículos de ese mismo reglamento y que fueron publicados en el Periódico Oficial número 149, Décima Parte, del día 25 de julio de 2024.
"No se tiene entendido del por qué fue creada": ¿Para qué sirve Movilidad y Transporte Público en Celaya?
Desde el artículo 1 del reglamento, se explican los motivos del por qué se hizo el Reglamento y su objeto y que señala que "el presente reglamento es de orden público, interés social, observancia general y tiene por objeto establecer las normas para la planeación, organización, operación, prestación, administración e inspección del servicio público de transporte de pasajeros en su modalidad de urbano y suburbano en ruta fija, en el Municipio de Celaya, Guanajuato".
El Artículo 2 destaca cuál es la función del gobierno municipal en ese sentido, ya que se precisa que "las Autoridades Municipales en materia de transporte planearán, desarrollarán y organizarán su actividad conforme a lo previsto en este Reglamento y la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios y los respectivos planes de desarrollo. En la elaboración de los planes municipales, la Autoridad deberá vincular al Plan Municipal de Desarrollo, de Ordenamiento Territorial, Programa Integral de Movilidad Urbana Sustentable y al de Transporte.
Toda persona que haga uso de las vías públicas terrestres del Municipio ya sea como concesionario, cita el Artículo 3 de dicho Reglamento, "permisionario y/o usuario del servicio público del transporte de pasajeros en su modalidad de urbano y suburbano en ruta fija así como el servicio de transporte de competencia estatal o federal, siempre que no contravenga las disposiciones aplicables de la legislación especial bajo las cuales les otorgaron sus concesiones o permisos, y que circule por vías terrestres de jurisdicción municipal están sujetos a las disposiciones de la Ley, del presente Reglamento y a las normas técnicas que de él se deriven".
Artículo 4. Se considera de utilidad pública e interés general la prestación del servicio público de transporte siendo prioritarias las actividades del Municipio orientadas a la planeación, administración, operación y conservación de la infraestructura que para ello se requiera.
En cuanto a las funciones que corresponden a la Dirección General de Movilidad y Transporte Público de Celaya, Gto., se establece en el Artículo 14 las 36 atribuciones que le corresponden, muchas de ellas, de importancia vital para la ciudad. Todo esto puede ser visto en directo a través del enlace https://normatividadestatalymunicipal.guanajuato.gob.mx/descarga_file.php?nombre=Reglamento%20de%20Movilidad%20y%20Transporte%20P%C3%BAblico%20de%20Personas%20en%20Ruta%20Fija%20del%20Municipio%20de%20Celaya,%20Gto.%20(jul%202024)%20vigente.pdf&archivo=45ab12afa05e563bb484781693dffc87.pdf
Los otros dos aspectos a analizar se desprenden de la misma nota de Reporte Bajío: "una de sus áreas sería enviada al Instituto Municipal de Investigación Planeación y Estadística (IMIPE) y otra a la Dirección de Tránsito y Vialidad".
Para hacer esto, además de tener que hacer las modificaciones a los Reglamentos, implicaría dotar de los recursos humanos necesarios para que esas dependencias efectúen el trabajo correspondiente y borrar de la faz de la tierra el Reglamento de Movilidad.
Ojalá que esta reacción del alcalde no tenga nada que ver, en el fondo, con algo salido de las vísceras, dado el fastidio que le pudiera haber causado la actitud de Arroyo Salazar; o que esté motivado en la búsqueda de contrarrestar a alguien de los que encabezan alguna de los muchas "tribus" morenistas dentro de la presidencia municipal, y que lejos de componer, se descomponga más lo descompuesto. Se hace necesario consultar a la sociedad civil y no caer en las actitudes dictatoriales, herencia de seis años de necedades y ocurrencias, entre ellas, la de "abrazos, no balazos". #MetroNewsMx
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