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¿Es usted de los que les gusta hostilizar a las religiones? Tenga cuidado, podría estar violando la ley

julio 28, 2020
Respeta mi fe

Redacción

Es muy común en nuestro medio mexicano valerse de cualquier medio al alcance para insultar, denostar, agredir, ofender y atacar a las religiones. Esto es entendible cuando el ambiente donde se desarrollan las personas posiblemente existen motivos de resentimiento o malestar por haber sido afectados de manera directa o indirecta por alguna persona o hasta ministro de determinado culto o porque estos últimos le causaron un mal haciendo uso de la "cubierta" de alguna determinada denominación religiosa.

Sin embargo, la experiencia muestra que también los ataques también pueden ser malintencionados a causa de que quien ataca o tiene una ideología contraria a esa religión o grupo religioso o porque también existe un desconocimiento pleno de ese grupo.

En muchas de las ocasiones, las personas que atacan a tal o cual denominación, las obras que realiza, las actividades que desempeña, o no pertenecen a esa denominación o no tienen ninguna relación de cooperación o apoyo a dichas denominaciones, hecho que deja ver más plenamente la intolerancia religiosa de ciertas personas y el odio a la fe de otros

Es por ello, como un aviso a tiempo, que debe tenerse mucho cuidado o prudencia de parte de quien por el motivo que sea ataca las creencias, grupo religioso o religiosidad y hasta los sentimientos religiosos de una persona. Podría estar incurriendo el agresor no solamente en un delito del fuero común, sino también en un delito federal.

En principio, en México desde hace ya algunas décadas, existe una Ley de Asociaciones Religiosas o Culto Público donde la Secretaría de Gobernación tiene un importante papel y que además de definir obligaciones, también norma a las Asociaciones Religiosas o Agrupaciones Religiosas así como los derechos de los mexicanos de creer o no creer en algo, pero que en ambos casos, también está legislado el respeto y la tolerancia a esos grupos.

Así, en el Artículo 2 de esta Ley, se establece que "el Estado Mexicano garantiza en favor del individuo, los siguientes derechos y libertades en materia religiosa: Tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos  su preferencia".

También los mexicanos tenemos el derecho de "no profesar creencias religiosas, abstenerse de practicar actos y ritos religiosos y no pertenecer a una asociación religiosa".

Pero también advierte el derecho de "no ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas, ni ser obligado a declarar sobre las mismas".

"No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad, salvo en los casos previstos en éste y los demás ordenamientos aplicables".

"No ser obligado a prestar servicios personales ni a contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de una asociación, iglesia o cualquier otra agrupación religiosa, ni a participar o contribuir de la misma manera en ritos, ceremonias, festividades, servicios o actos de culto religioso".

Finalmente "no ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa por la manifestación de ideas religiosas; y, Asociarse o reunirse pacíficamente con fines religiosos".

Y el aspecto que en este caso más nos interesa abordar es precisamente el derecho que los mexicanos tenemos en cuanto a "no ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas, ni ser obligado a declarar sobre las mismas".

Aunque el número que se manifiesta intolerante podría ser bajo, las formas de hostigar y hostilizar son de los más variadas especialmente en el muy común mal uso de las redes sociales para estar descalificando, discriminando y atacando a ciertas denominaciones religiosas cuando éstas difunden sus actividades para información de sus agremiados o fieles. 

Es interesante ver que en determinados espacios dedicados a difundir creencias religiosas, algunos de los comentarios denostan, atacan, insultan y hostilizan a esas denominaciones religiosas, agraviándolas por no coincidir con esas creencias o por errores y fallos cometidos por algunos ministros o por alguno de los miembros de esa creencia".

Desgraciadamente, algunos de los agresores se esconden bajo el cobarde anonimato que desafortunadamente les permiten las redes sociales; otros más, abiertamente insultan y dejan ver su identidad. Sin embargo, su imprudencia podría ser su propio castigo. Están dejando testimonio escrito de su agresión y ello podría ser el elemento de prueba de que están violando los derechos de algunos mexicanos que sólo por pertenecer a alguna denominación religiosa que no es del agrado de alguien, se ponen a atacarlo, y todo bajo la  premisa de un "derecho" de expresión que a todas luces es inexistente. Es tanto como decir que es un derecho escribir contra las creencias religiosas de alguien u ofender a alguien por sus creencias religiosas.

La intolerancia religiosa en plena pandemia

Sumado a esto y como una vertiente más del mismo tema, el miércoles 22 de abril de 2020 un experto de la ONU, a través del área de Derechos Humanos, en la Oficina del Alto Comisionado (https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=1420:experto-onu-advierte-contra-el-odio-e-intolerancia-religiosa-durante-el-brote-de-covid-19&Itemid=266) advierte contra el odio e intolerancia religiosa durante el brote de Covid-19.

En el documento señala que “la pandemia ha provocado un brote de la intolerancia religiosa existente en muchos países. Me alarma ver el aumento de la incitación al odio, señalando a comunidades religiosas y de credos, incluidos cristianos, judíos y musulmanes, como chivos expiatorios por la propagación del virus", comentó el Relator Especial de la ONU sobre libertad de religión y de creencias, Ahmed Shaheed".

"Migrantes, refugiados y solicitantes de asilo de diferentes grupos minoritarios han sido estigmatizados de manera similar", señaló. "También han enfrentado abusos verbales, amenazas de muerte, ataques físicos y discriminación al acceder a servicios públicos, incluida la denegación de servicios de salud vitales".

"Cualquier incitación al odio o la violencia basada en la identidad religiosa, de credo o étnica es simplemente inaceptable", dijo Shaheed. "Para combatir la desinformación, es fundamental que los Estados establezcan estrategias y canales de comunicación efectivos para proporcionar información precisa y confiable al público”, añadió.

"El firme compromiso de los liderazgos políticos para frenar los discursos de odio que estigmatizan a las personas por motivos de religión o creencias es esencial en este sentido", mencionó el Relator, y destacó que los líderes religiosos también pueden desempeñar un papel importante. "La solidaridad entre personas de todas las religiones y quienes no profesan ninguna ha sido tan crítica en la historia reciente".

"El Relator Especial señaló que no todas las comunidades religiosas o de creencias, o las personas que viven marginadas pueden acceder a información en línea sobre COVID-19 y las mejores prácticas para evitar la transmisión. "Insto a la sociedad civil y a las organizaciones religiosas a que se comuniquen ampliamente y ayuden a las personas en situaciones vulnerables, independientemente de sus creencias u origen étnico".

"Los Estados no deben actuar de forma discriminatoria al ayudar a las personas necesitadas y garantizar que todos tengan un acceso justo a todos los servicios públicos y de salud", dijo Shaheed.

"El diálogo inclusivo garantizará que todas las comunidades implementen y se adhieran a las medidas de salud pública requeridas voluntariamente, incluso mediante el análisis de cómo las prácticas religiosas pueden adaptarse en respuesta a las medidas preventivas COVID-19, como la organización de servicios religiosos virtuales".

“Los Estados, todos los líderes y actores religiosos religiosos deberían intensificar la promoción de la inclusión social y la solidaridad, así como combatir la incitación al odio a través del compromiso y la educación", agregó Shaheed.

"La Resolución 16/18, la Estrategia y el Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre el discurso de odio, el Plan de Acción de Rabat, las herramientas #Faith4Rights, el Plan de acción de Fez y el programa de la UNESCO para prevenir el extremismo violento a través de la educación son algunas herramientas útiles para tal compromiso y educación".

"Hago un llamado a los Estados, los líderes religiosos, la sociedad civil, los medios de comunicación y el público en general para que rechacen el odio y la exclusión y brinden apoyo y solidaridad a aquellas personas que pueden ser victimizadas en este difícil momento", subrayó el Relator Especial.

El Sr. Ahmed Shaheed (Maldivas) fue nombrado Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2016. El Sr. Shaheed es Director Adjunto del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Essex, Reino Unido y miembro principal de El Centro de Derechos Humanos Raoul Wallenberg en Canadá. Fue Ministro de Relaciones Exteriores de las Maldivas de 2005 a 2007 y de 2008 a 2010. 

Dirigió los esfuerzos del país para firmar y ratificar los nueve Convenios internacionales de derechos humanos y aplicarlos en la ley y la práctica. El Sr. Shaheed es el ex Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Irán.

Los Relatores Especiales son parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo. Los titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos para abordar situaciones de países específicos o cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. No forman parte del personal de la ONU y son independientes de cualquier gobierno u organización. Actúan a título individual y no reciben un salario por su trabajo.

Tras ver esto la conclusión es que hay que pensar antes de ponerse a hacer comentarios en las redes sociales manifestando una abierta intolerancia religiosa o de sentirse con el "derecho" de atacar a una denominación religiosa, ofendiendo así los sentimientos religiosos de las personas, habrá que recordar que podría estarse violando la ley.
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