U
n documento elaborado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se dio a conocer ayer, en el que sus siete magistrados concluyeron por unanimidad que la denominada ley Bonilla se aparta de la regularidad constitucional
. La opinión técnica
del TEPJF fue solicitada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el fin de contar con elementos que le permitan pronunciarse sobre las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra el conjunto de reformas a la Constitución de Baja California, por las cuales el Congreso de la entidad aprobó ampliar el mandato del gobernador Jaime Bonilla Valdez de dos a cinco años.
Para entender el alcance de esta opinión es necesario aclarar que, de acuerdo con el Tribunal Electoral, la legislación impulsada por diputados de los partidos Acción Nacional, Morena, Revolucionario Institucional, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática y Transformemos no puede invalidarse por las eventuales violaciones al procedimiento legislativo cometidas durante su aprobación.
A la vez, el TEPJF estima que los temas que en efecto vulneran el orden constitucional –relacionados con la retroactividad, la división de poderes, la prohibición de leyes privativas y la conclusión de los efectos– se encuentran fuera del ámbito de sus competencias, por lo que deja la decisión final en manos de la Suprema Corte, que funge como tribunal constitucional.
Más allá de los aspectos técnicos de la esfera de competencias de cada instancia jurídica, parece difícil que la resolución del máximo tribunal del país vaya a ser formulada a contrapelo del contundente juicio emitido por el TEPJF. Si, como resulta previsible, la sentencia de la SCJN sigue a la opinión técnica que recibió el 30 de octubre, se estará ante el inicio del fin de la ley Bonilla, desenlace por demás deseable en tanto las reformas aprobadas en julio son contrarias tanto a los principios democráticos como a la ética política.
Los ciudadanos que otorgaron a Bonilla un holgado triunfo sobre sus contendientes en los comicios del 2 de junio depositaron su voto en el entendido de que elegirían a un mandatario para dos años, periodo excepcional aprobado en 2014 a fin de sincronizar las elecciones locales con las federales a partir de 2021. Ante ello, la pretensión de ampliar el mandato por una vía ajena a la de las urnas constituye una franca adulteración de la voluntad popular que no tiene cabida en un régimen democrático, y representa un lastre para la imagen de la Cuarta Transformación y para el partido que postuló al actual Presidente de la República.
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